PROTOCOLO DE KIOTO
Este protocolo compromete a los países industrializados a estabilizar
las emisiones de gases de efecto invernadero. La Convención por su
parte solo alienta a los países a hacerlo.
El PK, fue estructurado en función de los principios de la
Convención. Establece metas vinculantes de reducción de las emisiones
para 37 países industrializados y la Unión Europea, reconociendo que son
los principales responsables de los elevados niveles de emisiones de
Gases Efecto Invernadero GEI que hay actualmente en la atmósfera, y que
son el resultado de quemar combustibles fósiles durante más de 150 años.
En este sentido el Protocolo tiene un principio central: el de la
«responsabilidad común pero diferenciada».
El Protocolo ha movido a los gobiernos a establecer leyes y políticas
para cumplir sus compromisos, a las empresas a tener el medio ambiente
en cuenta a la hora de tomar decisiones sobre sus inversiones, y además
ha propiciado la creación del mercado del carbono.
En general el Protocolo de Kyoto fue considerado como primer paso
importante hacia un régimen verdaderamente mundial de reducción y
estabilización de las emisiones de GEI, y proporciona la arquitectura
esencial para cualquier acuerdo internacional sobre el cambio climático
que se firme en el futuro. Ya concluyó el primer período de compromiso
del Protocolo de Kyoto en 2012 y se amplió hasta el 2015, tiempo en el
que tiene que haber quedado decidido y ratificado un nuevo marco
internacional que pueda aportar las severas reducciones de las emisiones
que según ha indicado claramente el Grupo Intergubernamental de
Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) son necesarias.
En la Reunión de las partes que se realizará en Paris a finales de
2015, se espera quede establecido ese nuevo protocolo, vinculante y con
contribuciones ambiciosas y significativas de los países miembro para
iniciar nuevamente en el 2020 y luchar para que la temperatura del
planeta no supere los 2 grados, evitando con esto consecuencias que
ponen en riesgo nuestra vida en el planeta.
Principios de PK
El Protocolo de Kyoto tiene los mismos objetivos y principios que la
Convención, pero la refuerza de manera significativa ya que a través de
él las Partes incluidas en el anexo I se comprometen a lograr objetivos
individuales y jurídicamente vinculantes para limitar o reducir sus
emisiones de gases de efecto invernadero.
Sólo las Partes en la Convención que sean también Partes en el
Protocolo (es decir, que lo ratifiquen, acepten, aprueben o se adhieran a
él) se ven obligadas por los compromisos del Protocolo.
Los objetivos individuales para las Partes incluidas en el anexo I de
la Convención se enumeran en el anexo B del Protocolo de Kyoto. Entre
todos suman un recorte total de las emisiones de gases de efecto
invernadero de al menos el 5% con respecto a los niveles de 1990 en el
período de compromiso de 2008-2012.
Las metas cubren las emisiones de seis gases de efecto invernadero, a saber:
Dióxido de carbono (CO2)
Metano (CH4)
Óxido nitroso (N2O)
Hidrofluorocarbonos (HFC)
Perfluorocarbonos (PFC)
Hexafluoruro de azufre (SF6)
Metano (CH4)
Óxido nitroso (N2O)
Hidrofluorocarbonos (HFC)
Perfluorocarbonos (PFC)
Hexafluoruro de azufre (SF6)
La cantidad máxima de emisiones (medidas como el equivalente de
dióxido de carbono) que una Parte puede emitir a lo largo del período de
compromiso con el fin de cumplir su meta de emisiones es lo que se
conoce como «cantidad atribuida» de la Parte.
Al igual que la Convención, el Protocolo reconoce las necesidades y
los problemas específicos de los países en desarrollo, especialmente los
de los más vulnerables. Por tanto las Partes en el anexo I deben
informar de sus esfuerzos por cumplir sus metas de reducción de las
emisiones al mismo tiempo que reducen todo lo posible los efectos
adversos que sufren los países en desarrollo.

